Qué vergüenza

Jorge Lirola
Profesor de la UAL

Hoy me había convocado el inspector de servicios, Antonio Sánchez Cañadas, y el que hace de secretario de la farsa del expediente sancionador que me han abierto, Raúl Pérez Guerra, Director del Secretariado de Deportes. ¡Qué vergüenza! He sentido vergüenza ajena. Aunque los he recusado, no he tenido problema en que me interroguen. Hoy reproduzco mi contestación, escrita, pasada por registro, a las calumnias de Antonio Sánchez Cañadas, al que también le envío copia del mensaje, con el ruego de que deje de acosarme ya, aunque el mismísimo Rector, Pedro Molina, se lo pida.

AL INSPECTOR DE SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA

Sr. D. Antonio Sánchez Cañadas
(para unirlo al expediente disciplinario que me han abierto)

Me acusa usted, en su farragoso informe, y el Rector, D. Pedro Molina García, en su resolución a partir de dicho informe, de una serie de faltas graves y muy graves. Para ello, el propio D. Pedro Molina le pidió a usted, que ha sido nombrado por él, que abriera información reservada sobre las denuncias que estoy haciendo sobre lo que yo entiendo que es una ilegalidad manifiesta y realizada a sabiendas (es decir, prevaricación) y un fraude, lo que es una grave acusación, calificación en la que coincido con usted, aunque yo estimo que probada, tanto por la documentación que se puede consultar como por los testigos a los que habría de interrogar. Parece que no quieren ustedes hacerlo. Considero que tengo derecho a hacer dicha denuncia en relación con la actuación de un cargo público y a difundirla, como garantía de transparencia y equidad, para que no la oculten, como ha hecho usted y el propio rector con otras denuncias.

Me parece un abuso de poder, por parte de D. Pedro Molina, el ordenarle abrirme un expediente por las denuncias que formulo contra él a usted, el inspector de servicios que él mismo ha nombrado. Estimo que lo que debería de hacer, si entiende que son falsas mis acusaciones, es pedirle al Fiscal o a un Juez independiente que investigue todo y, si se demostrara que es una falsa acusación, que se me pidan las correspondientes responsabilidades por ello, pero lo que no debe hacer es dar por supuesto, como hace usted mismo, erigiéndose en juez, que no está probado y decreta, con gran temeridad, según entiendo, pues por lo pronto no ha interrogado usted a los testigos, que “no existe ningún indicio de que se haya conculcado la legalidad vigente”. Y, además, no le salen las cuentas, pues usted mismo dice que le ley orgánica 4/2007 daba un plazo máximo de tres años para adaptar los estatutos y mientras tanto se puede aplicar el reglamento aprobado. ¿En qué año estamos y cuántos han transcurrido? Lo curioso del caso es que se ha procedido a modificar los Estatutos, pero en la reforma no se incluye el tema de las Comisiones de evaluación y ello sencillamente porque no había que adaptar los Estatutos en el caso de nuestra universidad, pues no había contradicción con la ley orgánica, de rango superior. Lo que sí hay es contradicción con el reglamento que pretende aplicar D. Pedro Molina, de rango inferior, habiéndose de aplicar, por tanto, los Estatutos de la Universidad de Almería.

Su consideración de que formulo “denuncias indiscriminadas (prevaricación) a cualquier persona que él (por yo) entienda que pueda suponer un obstáculo a sus aspiraciones” y el que me acuse de acosar laboralmente a una profesora por el simple hecho de que haya alegado agravio comparativo en relación con su currículo (lo que me consta que han hecho otros compañeros de otras universidades, por estimar, como yo, que su currículo tiene menos méritos que los nuestros), además de que diga usted que “quien no esté de acuerdo con la interpretación del Profesor Lirola está incurriendo en prevaricación”, las estimo injurias o calumnias de su parte hacia mí, lo que supone la comisión de un posible delito contra mi honor, impropio de un inspector de servicios en el desempeño de su cargo. E igual le digo con otras afirmaciones y acusaciones suyas contenidas en su informe, como “cualquier consideración ética brilla por su ausencia”, refiriéndose a mí, o el que me atribuya el “empañar el buen nombre de la Universidad” o cometer un “atentado grave contra la dignidad y el prestigio de nuestra Universidad”, que es lo que estaría haciendo D. Pedro Molina si un juez confirma mi denuncia. También considero una calumnia el que me atribuya un intento de intimidación o el haber publicado o utilizado de forma indebida documentación o información a la que, según usted, he tenido acceso por mi condición de funcionario, refiriéndose a unos datos, a todas luces, de carácter profesional que están publicados en la web.

Por otra parte, trata usted de denigrarme cuando dice que es “su (por mi) costumbre iniciar una campaña de difusión con una idea central (el rector ha prevaricado)...” y que “sólo importa lo que él (por yo) dice” y califica mis mensajes de “claramente ofensivos y sesgados”.

A partir del Estatuto Básico del Empleado Público (artículo 95.2), las faltas muy graves a las que se refiere son:

a) La publicación o utilización indebida de la documentación o información a que tenga o haya tenido acceso por razón de mi cargo o función.

Es totalmente falsa la acusación, pues se trata, como le explique a la Secretaria General, de datos profesionales todos ellos, publicados, como he dicho, en la web de cada universidad (ninguno hay de carácter personal y ninguno he obtenido por mi condición de funcionario), sin que, además, me conste que me haya denunciado ninguna de esas personas que haya considerado que le he causado por ello un perjuicio o daño. Solicité que se me dijera quién me acusa de ello, pues se me indicó que eran varias personas, pero no se me ha respondido. Y estimo que tengo derecho a saber quién me acusa, para poder defenderme con plenas garantías legales y solicitar la correspondiente responsabilidad si estimo que se me acusa falsamente, como así creo.

b) Acoso laboral.

Inicialmente no estaba este tema en la información reservada que inició usted y me parece del todo infundado y una calumnia que mantenga usted que he acosado a la profesora Arvide. Le solicito que me diga si ella me ha acusado formalmente, pues se trata, para mí, de una falsa acusación y de una calumnia, que quiero denunciar como tal.

Y a partir del Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado (art. 7), me atribuye las siguentes faltas graves:

c) Conductas constitutivas de delito doloso relacionadas con el servicio o que causen daño a la Administración o a los administrados, en concreto por haber difundido mi denuncia por prevaricación contra el Rector de la Universidad, D. Pedro Molina García.

La denuncia por prevaricación y otros delitos como tal no puede hacer daño a la Administración y estoy en mi derecho de formularla. Lo que correspondería sería resolverla y, si se demuestra que es una falsa denuncia, entonces, y solo entonces, se me habría de exigir la correspondiente responsabilidad por formular una falsa denuncia, pero lo que no puede usted es decidir, como si fuera un juez, que es falsa y quiera aplicarme un castigo, por mandato del denunciado, que será finalmente además quien aplique la sanción, por el mero hecho de formular y difundir mi denuncia, actuando yo con plena asunción de mi responsabilidad en todo momento si se demostrara que es falsa.

Los daños me lo están causando ustedes a mí como administrado, a través de sus calumnias, a las que ya me he referido, y a través de la difamación que ha dirigido contra mi honor D. Pedro Molina al difundir que no tengo méritos suficentes para que me acrediten para la cátedra, sin conocer él mis méritos ni el baremo que ha de utilizarse. Y los daños a la Administración y a la imagen de la Universidad de Almería se los causará D. Pedro Molina si se confirma que ha cometido los graves delitos que he denunciado, pues quien causa los daños es quien actúa ilegalmente y no quien denuncia tal actuación, como le dije a usted el 14/4/2011.

d) Grave desconsideración con los superiores, compañeros o subordinados.

Como le acabo de decir la desconsideración no es mía con un superior, el Rector, D. Pedro Molina, por el mero hecho de denunciarlo por prevaricación y corrupto, o hacia usted, cuando afirmo que no ha cumplido con su trabajo de inspector de servicios, al archivar denuncias sin comprobarlas, a lo cual, por cierto, no alude usted. La desconsideración, como le reitero, es de un superior hacia mí, un subordinado, por las razones a las que ya me he referido.

e) Grave perturbación del servicio.

Se refiere a que he intimidado a los miembros del Tribunal “con el objetivo de obstaculizar la constitución del Tribunal por renuncia de sus miembros”. Eso es otra calumnia suya, pues usted sabe bien que me he limitado a informarles de que considero que el Rector, D. Pedro Molina, ha prevaricado y les pido que se asesoren sobre el tema por si pudiera ser que asumieran alguna responsabilidad con el nombramiento y la participación en lo que considero un fraude, dado que les informo de que tengo intención de exigir las responsabilidades oportunas. Es curioso que sea usted, y no alguno de los miembros del tribunal, el que me acusa directamente, interpretando que el temor que puedan sufrir esas personas sean debidos a que les haya informado de una presunta ilegalidad, en lugar de que se hayan informado ellos y no quieran asumir responsabilidades en los presuntos delitos que se puedan haber cometido y cometer.

f) Atentado grave a la dignidad de los funcionarios o de la Administración.

Le vuelvo a reiterar que el atentado es hacia mi persona, en lugar de hacia el Rector, D. Pedro Molina, como ustedes, el Rector y su inspector de servicios, nombrado por él, reitero, pretenden. Por último, insiste usted en que, al hacer públicos datos personales que conozco por razón de mi función, puedo estar cometiendo una infracción contra el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de datos. Como ya le he dicho, lo considero una calumnia, pues es totalmente falso que haya difundido datos personales y más que los conociera por ser funcionario. Todos esos datos de la denuncia son profesionales. Le pregunté a la Secretaria General, Dña. María Luisa Trinidad, qué personas me habían denunciado por difundir sus datos y no me ha contestado, quizá por faltar a la verdad, como está haciendo usted.

Por todo lo dicho, le solicito que deje usted de calumniarme, al imputarme falsamente la comisión de hechos que no he cometido, al tiempo que también le pido que deje de acosarme laboralmente, por los motivos que substancio en otro escrito.

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