Emilio Ruiz
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Supongo,
lector, que a estas alturas de la película sabrá usted qué es una cláusula
suelo. Si no, se lo explico. Antiguamente, cuando se pedía un préstamo
hipotecario, los bancos lo concedían a un tipo de interés fijo durante toda la
vida del mismo (por ejemplo, al 8 %). Desde hace unos años, en vez de un tipo
de interés fijo, los bancos aplican un tipo variable. Toman una referencia, el
euríbor, y sobre ésta, que es variable, aplican un diferencial (e + 0,50, por
ejemplo). Si el euríbor sube, el tipo del préstamo sube, y si baja, pues al
revés.
Sigo.
Para evitar subidas y bajadas de tipos más allá de ciertos límites “asumibles”,
los bancos establecen las llamadas cláusula suelo y cláusula techo. La primera
indica que, por mucho que baje el euríbor, el interés aplicable tiene un tipo
mínimo (2,75 %, por ejemplo), y por mucho que suba, lo mismo (11 %, por
ejemplo). ¿Qué pasa ahora? Pues que el euríbor está por los suelos (0,50 % el
anual). Si a ese euríbor le aplicamos el diferencial, el préstamo se pagaría al
1 %, algo que prohíbe la cláusula suelo, que establece un mínimo del 2,75 %
(siempre sobre ejemplos).
Ahora,
el Supremo ha dicho que determinadas cláusulas suelo de BBVA, Cajamar y NCG son
ilegales. La rural almeriense ha reaccionado de forma ejemplar anunciando la
eliminación de sus cláusulas suelo. La sentencia no le obligaba a hacerlo de
forma general, lo cual habla bien en su favor. ¿Es ésa una sentencia justa? En
mi opinión –y sé que esto es navegar contra corriente- creo que no. Todas las
cláusulas suelo no son abusivas. Un préstamo hipotecario al 3,25 %, por
ejemplo, no lo es. En cambio, es lesivo para una entidad un préstamo al 1 %. Me
alegro por los beneficiarios, que tendrán su préstamo a un tipo de interés
testimonial, pero tampoco arreglamos esta crisis machacando a algunos bancos
que no lo han hecho tan mal.
Si el 1% es perjudicial para el banco que hubiesen establecido un diferencial mayor. Qué opinaba ud. cuando el euribor estaba al 5,393% en julio del 2008 y los intereses por encima del 6%. Entonces el beneficio que obtenía el banco era inferior porque solo se beneficiaba del diferencial. Y en cualquier caso, quién es ud. para determinar que una cláusula suelo al 3,25% no es abusiva. Lo que puede que no sea abusivo es el tipo de interés, pero el diferencial, sí lo es. Sentido común.
ResponderEliminar¡Ah! Y Cajamar no es precisamente un ejemplo de banco modélico. Que se lo digan a los miles de almerienses que están cancelando sus cuentas. Si van a eliminar la cláusula suelo de todas sus hipotecas no es por filantropía, sino porque han tenido buenos reflejos: al final tendrán que hacerlo todos los bancos.
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