Por nuestros derechos como descendientes de españoles emigrados

Martha Puyol
Exvicepresidenta de OIDE

Hace años que los descendientes de españoles emigrados, venimos luchando por ser escuchados para ser reconocidos como españoles. En Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, se agregó a último momento la Disposición adicional séptima “Adquisición de la nacionalidad española”, que decía así: 

Emigrantes españoles
“1. Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español podrán optar a la nacionalidad española de origen si formalizan su declaración en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Disposición adicional. Dicho plazo podrá ser prorrogado por acuerdo de Consejo de Ministros hasta el límite de un año. 

Téngase en cuenta la Res. 17 marzo 2010, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de enero de 2010, por el que se amplía un año el plazo para ejercer el derecho de optar a la nacionalidad española recogido en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura(«B.O.E.» 24 marzo).Ir a Norma

2. Este derecho también  reconocerá a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.”

Esta disposición fue discriminatoria para los descendientes de abuela española emigrada antes de 1936, los hijos mayores de quienes obtuvieron su nacionalidad por dicha ley y los hijos de los descendientes que se debieron naturalizar,  por razones laborales en su mayoría.

Ahora bien,  cada vez que desde distintas agrupaciones se ha solicitado un cambio en la normativa, se dan distintos motivos y explicaciones por las cuales no se puede extender el acceso a la nacionalidad ni a los nietos de abuelas, ni a los hijos mayores de quienes optaron por la nacionalidad de origen a través de la Ley de Memoria Histórica, ni los nietos de los españoles que se debieron naturalizarse al país de acogida por razones económicas.

De acuerdo a la experta en nacionalidad española Dra. Aurelia Álvarez,  fiel defensora de los derechos de los descendientes de españoles, esta exclusión continua y sistemática de este colectivo de descendientes se solucionaría otorgándoles la nacionalidad  al igual que se concede a los sefardíes: accediendo a la nacionalidad por Carta Naturaleza.

Entonces nos preguntamos: ¿No se puede o no se quiere? ¿Cuál es el miedo a esta reforma? ¿Tienen más derechos los deportistas, artistas, etc., que un nieto de español, que lleva sangre española en sus venas?

Quedó demostrado en la aplicación de la Ley de Memoria que la mayoría la desea para conservar sus raíces y no para emigrar, por lo que queda expuesto que esto no se soluciona por  falta voluntad política. Es hora de que España salde las deudas con sus emigrantes.

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