Iván Gómez
Jefe de Local de Diario de Almería
El
desenlace de la que parecía crónica de una muerte anunciada se está haciendo
esperar. Hace tan sólo unos días se cumplieron once años del inicio y ocho de
la paralización cautelar de las obras de la mole de 22 plantas y 65.000 metros cúbicos
de hormigón por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de
Almería al entender que invadía la servidumbre de protección establecida en la Ley de Costas y estaba situado
en una zona no urbanizable en pleno corazón del parque natural de Cabo de Gata-Níjar.
El Algarrobico |
Lo
que iba a ser un derribo inminente, auspiciado por los ecologistas con el
beneplácito de la exministra Cristina Narbona, que en su día fue diputada por
Almería e íntima amiga del exalcalde de Carboneras, se ha convertido en una
larga odisea jurídica con rapsodias en el Supremo, Constitucional, Audiencia
Nacional y Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). A pesar de que la
mercantil madrileña Azata del Sol y el Ayuntamiento de Carboneras se han
llevado ya una docena de varapalos judiciales, todavía no se ha escrito el
último capítulo sobre un mamotreto que si bien fue catalogado como el símbolo
de la destrucción del litoral también podría serlo de la lentitud de la
justicia.
El fallo sobre la licencia municipal que la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del TSJA dará a conocer en los próximos días podría ser la estocada definitiva
que las organizaciones conservacionistas anhelan desde hace años, pero todo
apunta a que la sentencia abrirá nuevas posibilidades de defensa a la promotora
y al consistorio almeriense. Como ya vislumbró el ministro Arias Cañete poco
después de acceder al departamento que llegó a negociar la expropiación, el
hotel del Algarrobico tiene por delante un “largo recorrido jurídico” que
probablemente vaya más allá de la ponencia del magistrado Rafael Toledano
Cantero. La demolición, ya planificada y presupuestada por Gobierno y Junta,
dependerá de la contundencia y argumentos de la sentencia del alto tribunal
andaluz, aunque las partes en litigio no esperan precisamente un fallo que
ponga fin a la dilatada pugna judicial.
Si
el TSJA determina que la licencia por la que se autorizó la construcción de un
hotel de cuatro estrellas a principios de 2003 es nula de pleno derecho, tanto
la mercantil como el Ayuntamiento presentarán un recurso en el Supremo, lo que
podría demorar la resolución final en torno a cinco años. Y si el tribunal con
sede en Granada decide que hay que revisar la licencia municipal, el proceso
podría retrotraerse al comienzo porque los técnicos del Ayuntamiento de
Carboneras volverían a validarla previo paso por el Consejo Consultivo de
Andalucía. Y es que el letrado del consistorio argumentó en la audiencia
pública del 14 de enero que no había motivos para no conceder la autorización
de obras y así lo defiende su actual alcalde, Salvador Hernández (PP), quien no
se plantea tirar la toalla y recurrirá todo lo recurrible.
El director de Azata,
José Rodríguez, también defiende la legalidad de la mole al estilo de Benidorm
y presentó ante los magistrados toda la documentación que avala que todos los
errores urbanísticos y responsabilidades, al menos los que se han ido
evidenciando en forma de sentencias de los diferentes tribunales, son previos a
su adquisición de la finca en 1999 y competen a las administraciones públicas
que su consentimiento a un Plan Parcial que se remonta al 26 de mayo de 1988.
Casi 20 años de bendiciones antes de que el juez almeriense Jesús Rivera diera
al traste con un proyecto turístico de Junta y Ayuntamiento que no se quedaba
en el Algarrobico (R-5) y contemplaba en los sectores colindantes (R-6 El
Canillar y R-7 La Galera )
otros seis hoteles, 2.000 viviendas y un campo de golf.
A
pesar de ser la última causa judicial relevante, de las cinco pendientes
relacionadas con la ordenación del territorio (PGOU de Carboneras, POTLA, PORN
del parque natural de Cabo de Gata), la sentencia del TSJA no permitirá
despejar algunas de las incógnitas sobre los verdaderos responsables de
programar, a toda costa y sin ningún reparo medioambiental, una actuación
urbanística para una zona de secano, un paraíso de naturaleza volcánica, a
través del llamado Plan para el Desarrollo Turístico del Litoral Andaluz en
1985. ¿Por qué se aprobó una subvención cercana a los 77 millones de pesetas a
una sociedad participada por la administración andaluza antes de ser
constituida? ¿Por qué la
Comisión Provincial de Urbanismo ninguneó el informe del
ingeniero topográfico que incidía en que era un área natural de interés
general? ¿Por qué se omitieron hasta 19 avisos y notificaciones oficiales
alertando de los incumplimientos a la
Ley de Costas?
¿Por qué se entierra la documentación
desfavorable de Costas en 1997 y se le aplica una servidumbre de protección de 50 metros ? ¿Por qué
siendo la parcela urbanizable antes de que se aprobara la ordenación del parque
natural su primera inscripción es como C1 (incompatible con el uso urbanístico)
cuando se aprueba el PORN? ¿Por qué meses después se vuelve a calificar como D2
(urbanizable) sin seguir los cauces pertinentes ni publicarse en BOJA?
¿Por qué se dispara la edificabilidad de los terrenos hasta los 72.523 metros cuadrados
días antes de ser comprados por la mercantil? ¿Por qué cuando la sociedad Río
Alías vende la parcela a Azata la
Consejería de Medio Ambiente hace constar en el Registro de la Propiedad que no se
muestra interesada en ejercitar los derechos de tanteo y retracto que
posteriormente reclamó en la justicia? ¿Por qué el juez que paralizó
cautelarmente las obras denunció presiones de la magistratura?Demasiados
interrogantes que probablemente seguirán sin respuesta cuando se acabe un
proceso judicial que se eterniza en el tiempo. Lo único claro a estas alturas
es que no se depurarán las responsabilidades y que el hotel sólo se podrá
derribar cuando no exista ningún impedimento jurídico.
Incógnitas
sin despejar
Registro
de la Propiedad. De
18 a 150
millones de pesetas. Finca número 7.905 en el Registro de la Propiedad. Adquirida
por la Mercantil Río
Alías el 15 de marzo de 1995 por 18 millones de pesetas a Isabel Giménez. Fue
vendida por 120 millones de pesetas a la compañía mercantil Parque Club El
Algarrobico en octubre de 1995. Fue adquirida por 150 millones de pesetas por
Azata del Sol el 23 de agosto de 1999. Proyecto de Compensación del Plan
Parcial del Sector Urbanizable ST-1, antes R-5, en el paraje de El Algarrobico
Primer
incentivo a Parque Club El Algarrobico. Cuatro años antes de que Azata del
Sol se hiciera con la propiedad de los terrenos, la Dirección General
de Incentivos Económicos Regionales, a través del gobierno andaluz, aprobó una
subvención de 76,7 millones de pesetas para el proyecto Parque Club El
Algarrobico para el que se anunció una inversión de más de 426 millones y la
creación de más de 130 puestos de trabajo en Carboneras. Curiosamente, la
sociedad limitada que iba a poner en marcha un ambicioso proyecto turístico
para la comarca no se constituye hasta el 17 de octubre de 1995, meses
después de que se aprobara la ayuda del Ministerio de Economía (BOE número 75,
marzo de 1995).
Aprobación
de costas. Dominio público. La finca rústica llamada El Algarrobico, en el
término municipal de Carboneras, compuesta por tierra y secano, de cabida
una hectárea, cuarenta y dos áreas, noventa centiáreas, igual a 14.290 metros cuadrados .
Certificación del 25 de junio de 1996 del Jefe del Servicio Provincial de
Costas de Almería, Antonio Bayo Martínez, en la que se hace constar que la
finca de este número no invade el dominio público marítimo-terrestre. Se
encuentra sometida a la servidumbre de protección establecida en la Ley 22/1988, de 28 de julio.
Autorizada por la
Dirección General de Costas la realización de oficio por el
Servicio Provincial de Costas del deslinde de dominio público
marítimo-terrestre en diciembre de 1997.
Subvención
del Ministerio de Economía. Interés público. La Comisión Delegada
del Gobierno para Asuntos Económicos acordó el 28 de febrero de 2002 conceder
una serie de incentivos regionales, a propuesta del Ministerio de Economía,
para fomentar iniciativas empresariales. Azata del Sol recibió de Economía 2,8
millones de euros, que representaban el 10% de su inversión total (28,47
millones), y anunciaba la creación de 102 empleos directos.
Luz
verde municipal. Licencia de obras. La comisión de gobierno del Ayuntamiento
de Carboneras otorga el 13 de enero de 2003 la licencia de obras para la
construcción del hotel en la playa de El Algarrobico a la promotora Azata del
Sol y confirma la inadmisión a trámite de las solicitudes de revisión de oficio
de la licencia de obras formuladas por la Federación Provincial
de Ecologistas en Acción, Salvemos Mojácar y la Delegación Provincial
de Obras Públicas y Transportes de la
Junta de Andalucía.
Sin
plazo de ejecución. No se revisa el plan parcial. Se incumplen los plazos
para la ejecución de obras de urbanización establecidos en el propio plan
parcial y normas subsidiarias de Carboneras que obligaban a la revisión una vez
transcurridos seis años desde su aprobación definitiva si no se hubiera actuado
sobre los terrenos. El Ayuntamiento debió proceder a la revisión del Plan
Parcial del Sector S-T1 para adaptarlo a las previsiones de la Ley de Costas. La corporación
local tenía perfecto conocimiento, según la sentencia del Juzgado
Contencioso-Administrativo de Almería, de que hace ya veinte años la zona de
servidumbre de protección era de 100 metros , tal y como reiteró el Servicio de
Costas a Azata.
Cambio
de planimetría. Desidia y prevaricación. La Junta tampoco adaptó el Plan
Parcial a la Ley
de Costas, mostrando una actitud pasiva y condescendiente con las infracciones
y permitiendo el inicio de la construcción del hotel. “Dicha
imprescriptibilidad de la servidumbre de protección y la extensión de su zona
-cien metros- compele ineluctablemente a la administración andaluza a una
expropiación y ulterior demolición de lo construido”, según la sentencia del
juez Rivera. El Sector S-T1 se encuentra en espacio protegido no urbanizable,
como recoge la planimetría oficial del PORN de Cabo de Gata-Níjar de 1994.
Según la sentencia del Contencioso-Administrativo nº 2 de Almería, la Junta intentó, con la
pretensión de adaptar el PORN a las normas subsidiarias, modificar la
planimetría oficial sin someterla a procedimiento alguno. El Jefe de
Planificación de la Red
de Espacios Naturales Protegidos procedió a su rectificación el 11 de marzo de
2008 por “vía de hecho”. La
Junta aseguró que en el PORN se le atribuyó por error
la categoría de suelo incompatible con ser terreno urbanizable, sin respetar
derechos legítimamente adquiridos con anterioridad.
Informe
topográfico que elude la Junta. Las
administraciones habían respaldado hasta entonces el proyecto del hotel a pesar
de que el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque calificó los
terrenos como protegidos desde 1994 y de que en 1988 la Ley de Costas aumentaba a 100 metros la zona de
servidumbre, que antes era de 20
metros . La Comisión Provincial
de Urbanismo en la sesión de 26 de mayo de 1988 aprobó el Plan Parcial del
terreno, siendo publicada la aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia del 4 de
agosto. Hay un informe del ingeniero técnico en Topografía, Ernesto Ledesma
Mellado, asegurando que en la zona que se está construyendo el complejo
hotelero se encuentro en un “área natural de interés general” y se invade la
zona de servidumbre. La tesis de la administración andaluza es que la
servidumbre de protección es de 50 metros , en base al artículo 21 del Plan
Especial del Medio Físico de Almería, contraria a la Ley de Costas.
Treinta
años de tramitación
1985. La Junta de Andalucía y el
Ayuntamiento de Carboneras (PSOE) inician la programación de una actuación
urbanística dentro del llamado Plan Para el Desarrollo Turístico del Litoral
Andaluz.
14
de julio de 1987. Aprobación Definitiva de las Normas Subsidiarias del
Término Municipal de Carboneras, en las que queda identificado y demarcado el
sector. Al mes se publica en BOP.
26
de mayo de 1988. Aprobación Definitiva por la Comisión Provincial
de Urbanismo del Plan Parcial. La inicial se remonta a diciembre de 1987.
15
de julio de 1988. Aprobación Inicial del Proyecto de Urbanización del
Sector, por parte de la
Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
10
de junio de 1992. Se aprueba el Avance de la Revisión de las Normas
Subsidiarias de Planeamiento de Carboneras cambiando el nombre del sector de R-5 a S-T1 manteniendo sus
características.
22
de diciembre de 1994. Se publica en el Boletín Oficial de la Junta el Plan de Ordenación
de Recursos Naturales del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar quedando englobado
el Sector ST1 en su ámbito.
9 de
noviembre de 1995. La
Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ratifica
la calificación urbanística del sector.
21
de marzo de 1997. Aprobación Definitiva del Proyecto de Bases y Estatutos
del Sector por la
Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo
de Almería.
24
de abril de 1997. La
Consejería de Medio Ambiente informa a los anteriores
propietarios de los terrenos de que estos se encuentran en Suelo Calificado
Urbanísticamente, no teniendo esa administración ambiental competencias en
razón a su inclusión dentro del ámbito del Parque Natural.
29
de octubre de 1997. Aprobación Definitiva del Proyecto de Urbanización por parte
de la Comisión
Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de
Almería.
Diciembre
de 1997. Aprobación por la
Junta de Andalucía del sector Algarrobico como zona D2 (área
urbanizable) a la que pasó de C1.
28
de enero de 1998. Aprobación Definitiva de la Revisión de Normas
Subsidiarias, iniciada en 1992, con el correspondiente informe positivo por
parte de la
Dirección General de Costas en relación al cumplimiento de la Legislación de Costas.
3 de
febrero de 1998. El consistorio carbonero certifica el suelo del hotel como
urbanizable.
3 de
marzo de 1998. La
Dirección Provincial de Costas informaba como Límite Interior
de Servidumbre de Protección en el S-T1 a una distancia de 20 metros de la Zona de Dominio Público
Marítimo-Terrestre. En otros informes, coherentemente, el Servicio Provincial
de Costas de Almería informaba en el mismo sentido respecto a la anchura de la
zona de servidumbre en el sector ST1.
16
de marzo de 1998. La Junta
autoriza el uso de la zona de servidumbre, de 20 metros de ancho, para
la construcción de un camping de 1ª categoría en Suelo Urbanizable a los
propietarios.
10
de julio de 2001. Aprobación Definitiva del Proyecto de Compensación del
Sector, por el Ayuntamiento de Carboneras. Dado que se trata de zona urbana el
expediente fue tramitado con normalidad y obtuvo los informes favorables y
preceptivos de las administraciones pertinentes: Turismo, Sanidad y Medio
Ambiente.
13
de enero de 2003. Concesión de la Licencia Municipal
para la construcción de un Hotel de 4 estrellas con restaurante por el
Ayuntamiento de Carboneras.
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