Se absuelve a la anterior Corporación de Zurgena del delito de prevaricación urbanística por la concesión de licencia de obras en Los Llanos del Peral

Juan Folío
La Opinión de Almería

El Juzgado de lo Penal nº 2 de Almería, mediante sentencia de 5 de julio de 2015, ha condenado a Carlos Domingo Berbel Fernández, arquitecto técnico municipal de Zurgena, a la pena de siete años de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio relacionado con la construcción por la concesión en 2005, por parte del Ayuntamiento, de la licencia de obras para la construcción de 14 viviendas unifamiliares aisladas en Los Llanos del Peral en suelo no urbanizable. En la misma sentencia, dictada por la juez de apoyo del juez de adscripción territorial, María Teresa Vidaurreta Porrero, se absuelve del delito contra la Ordenación del Territorio a Félix Noguera Hernández, administrador de la empresa promotora, Tisan Sureste; a Teodoro Trabalón López, administrador de la empresa constructora, Tragarcía, y a Pedro García Alfonso, arquitecto redactor del proyecto y director de las obras.

Cándido Trabalón
Por otra parte, también se absuelve del delito de prevaricación urbanística a los concejales que en aquellos momentos eran miembros de la Corporación Cándido Trabalón Fernández, alcalde; Manuel Tijeras Cruz(PA), concejal de Urbanismo, Aniceto López Martínez, Emilia Jesús Jiménez Pérez, Miguel Marín Ramos, Juan Morales Díaz, Josefa Sánchez García y José Antonio Ramos Muñoz.

La causa parte de una denuncia formulada por el Ministerio Fiscal tras la concesión por el pleno municipal a Tisan Sureste de licencia de obras para la construcción de 14 viviendas unifamiliares aisladas en la barriada de Los Llanos del Peral. La concesión de licencia contó con el voto favorable de todos los miembros de la corporación del PA, PSOE y PP, a excepción de la concejala del Partido Popular María del Mar Simonelli, que se abstuvo. La construcción de las viviendas fue paralizada por orden judicial en auto de fecha 26 de junio de 2006 dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Huércal-Overa, si bien algunas de las viviendas ya se habían terminado.

Respecto al promotor, constructor y autor del proyecto, la juez María Teresa Vidaurreta considera en su sentencia que no puede probarse con rotundidad que el suelo en cuestión sea o urbano o no urbanizable, “ya que si bien la zona en cuestión no está urbanizada, lo cierto es que parece estar cerca de un núcleo de población, Los Llanos, reconocido en las Normas Subsidiarias”.  Respecto al técnico del Ayuntamiento, Carlos Domingo Berbel, éste ha reconocido que emitió un informe favorable para la concesión de la licencia y ha mostrado su conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal. “Una vez ha existido conformidad se ha de entender que reconoce los hechos que se le han imputado y por tanto reconoce también el hecho de haber actuado ‘a sabiendas’”.

En cuanto a la actuación del alcalde y los concejales, la sentencia estima que “desde el alcalde, señor Trabalón, pasando por el concejal de Urbanismo, señor Tijeras, hasta cada uno de los miembros del Pleno del Ayuntamiento que votaron a favor de la concesión de la licencia, lo hicieron en base a unos informes favorables técnico y jurídico, si bien este último en realidad  no decía ni una cosa ni otra ya que se remitía al informe técnico. Si bien el informe técnico del señor Berbel si bien, como ya se ha dicho antes, partía de que el suelo era no urbanizable, terminaba reconociendo que reunía las condiciones establecidas por la LOUA”.

Ante la petición del Ministerio Fiscal de demolición de las viviendas, la juez la deniega porque considera que, además de que las viviendas se encuentran ubicadas en una zona en la que la calificación urbanística no es clara, “se encuentran o pueden encontrarse en juego derechos de terceros de buena fe… más aún cuando su ‘errónea’ construcción se ha debido ante todo a la falta de actuación de todas y cada una de las Administraciones competentes en la materia”.

El fallo es firme respecto al técnico municipal, Carlos Domingo Berbel Fernández, y respecto a las restantes partes cabe interponer recurso de apelación para su resolución por la Audiencia Provincial.