Juan Folío
@opinionalmeria
El Tribunal Supremo ha estimado los
recursos de Greenpeace y de la Junta de Andalucía contra la sentencia del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sobre el hotel El Algarrobico y ha
declarado que la zona en la que se ubica no es urbanizable. La decisión se ha
dado a conocer hoy tras dos semanas de
deliberación después de que el TSJA hubiera emitido dos sentencias
contradictorias al respecto.
Con este fallo se anula el segundo
pronunciamiento que rebajaba la zona de protección en la que se asienta el
hotel de 411 habitaciones y 20 plantas. El tribunal ha señalado que la
zonificación correcta, según el Plan de Ordenación de Recursos Naturales del
parque natural de Cabo de Gata-Níjar, es la correspondiente a la 'C1', es
decir, la de área ambientalmente protegida, y no 'D2', que es la designada para
las áreas urbanizables carentes de interés ambiental protegido.
El Alto Tribunal destaca que la
existencia de valores naturales en la zona no ha sido "rebatida ni
desvirtuada" a través de la segunda sentencia del TSJA y sostiene que la
existencia de valores de especial protección en los terrenos viene avalada por
el hecho de que la Administración los incluyera de forma "plenamente consciente"
en la normativa ambiental.
Según el Supremo, la hipótesis por la
que la Sala Tercera del TSJA dictó el que el suelo era urbanizable
"resulta ociosa", puesto que "descansa en el argumento de que la
inclusión de la finca en la documentación gráfica del PORN se debió a su
clasificación formal en las Normas Subsidiarias de Carboneras como suelo no
urbanizable, cuando debió ser urbanizable, como confirmaron posteriormente las
resoluciones judiciales, de forma tal que si su clasificación formal hubiera
sido la de urbanizable no se hubieran incluido en el PORN".
El Supremo declara válido el derecho de
retracto que la Junta de Andalucía ejerció en 2006 sobre las fincas del
Algarrobico por 2,3 millones de euros y desestima así los dos recursos
interpuestos por la promotora contra sendas resoluciones del TSJA. Hay que
recordar que el TSJA denegó el pasado mes de diciembre a la Junta de Andalucía el
"auxilio judicial" que le pidió y rechazó darle "autorización de
entrada" para "tomar posesión de la finca" sobre la que se
levanta el hotel. La Junta lo solicitó para hacer efectivo el retracto.