Esther Gómez, la tránsfuga de Adra

Francisco Fernández Guardia
Portavoz de Plataforma Abderitana

Ante las recientes declaraciones de Esther Gómez Fernández donde hace pública su decisión de abandonar el Grupo Municipal de la candidatura de Plataforma Ciudadana Abderitana, desde esta organización queremos y debemos hacer las siguientes puntualizaciones:

¿Papel mojado?

Esther Gómez Fernández pasó a formar parte de la Corporación municipal de Adra por haber encabezado la candidatura de Plataforma Ciudadana Abderitana, tras un proceso participativo de primarias que desembocó en la configuración de una lista de 21 candidatos y candidatas, elegidos democráticamente por el censo de personas inscritas en dicha formación política el 11 de marzo de 2015.

Todas las personas que integraron dicha candidatura -empezando por su cabeza de lista, Esther Gómez Fernández-, adquirieron el compromiso firmado de cumplir estrictamente el Código Ético de Plataforma, así como su Reglamento de Funcionamiento Interno. Y de manera especial todo lo relativo al papel de los representantes electos de Plataforma, comprometiéndose expresamente a: "Defender el programa de la candidatura ciudadana y aceptar su obligación de actuar durante todo su mandato como meros representantes, siguiendo las decisiones tomadas mediante mecanismos vinculantes, abiertos, democráticos y participativos." Vinculándose asimismo al precepto según el cual todo concejal o concejala de Plataforma "Defenderá en el Pleno del Ayuntamiento los acuerdos aprobados en Asamblea".

Reconoció expresamente que el acta de concejal no le pertenece, a pesar de que lo reconozca así la ley, sino que la ha obtenido gracias a Plataforma Ciudadana Abderitana, por lo que la pone a disposición de ésta

Asimismo Esther Gómez Fernández, junto con los otros dos concejales electos, suscribió con fecha 20 de noviembre de 2015 el Documento de Compromiso con la Plataforma, adoptado por su condición de concejala de la misma, donde “reconoce expresamente ante la Asamblea que el acta de concejal no le pertenece, a pesar de que lo reconozca así la ley, sino que la ha obtenido gracias a su participación a través de la candidatura de la Plataforma Ciudadana Abderitana, por lo que la pone a disposición de ésta”.

Hace más de tres meses que Esther Gómez Fernández decidió unilateralmente desvincularse de Plataforma Ciudadana Abderitana, y muy especialmente de su Asamblea, como órgano soberano de la misma; manteniendo no obstante su pertenencia formal al Grupo municipal y actuando en el Ayuntamiento al margen por completo del procedimiento seguido por los otros dos concejales del Grupo, en tanto que representantes de Plataforma y, por tanto, de las decisiones e iniciativas acordadas por su Asamblea.

La discrepancia política nunca puede justificar un comportamiento tan cobarde y desleal como el exhibido por Esther Gómez Fernández

A todo ello se suman las sucesivas declaraciones públicas de Esther Gómez Fernández, repletas de afirmaciones injustificadas y descalificaciones hacia el colectivo que venía representando; sin el más mínimo respeto a quienes han sido durante más de dos años sus compañeros en el proyecto que representa Plataforma y que tanta ilusión generó dentro y fuera de sus filas. La discrepancia política nunca puede justificar un comportamiento tan cobarde y desleal como el exhibido por Esther Gómez Fernández, que sin aportar la más mínima prueba o testimonio ha llegado a acusar a sus otrora compañeros/as de estar bajo las "garras” de otros partidos o de buscar su "interés personal", entre otras pretendidas acusaciones.

Esther Gómez se ha convertido en una tránsfuga por partida doble: por desvincularse del colectivo al que representaba sin haber dimitido como portavoz y representante y por abandonar el Grupo de la candidatura por la que concurrió a las elecciones sin dejar su acta de concejal

La consecuencia pura y dura de toda esta deplorable actitud es que Esther Gómez Fernández se ha convertido por su propia voluntad en una tránsfuga por partida doble. En primer lugar por haberse desvinculado del colectivo al que representaba sin haber dimitido inmediatamente como portavoz y representante del mismo, siguiendo los compromisos adquiridos y ratificados con anterioridad. Y en segundo lugar por abandonar el Grupo de la candidatura por la que concurrió a las elecciones sin dejar su acta de concejal, como asimismo firmó en su día; pasando a formar parte del grupo de los no adscritos, es decir, de los tránsfugas. Pues, como se precisa en la última sentencia al respecto del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 08-02-13: "la actuación tránsfuga viene presidida por la voluntad de desligarse de la disciplina del colectivo por el que se concurrió a las elecciones, ignorando así la voluntad de los electores que, por exteriorizarse a través de un sistema de listas cerradas, solo puede interpretarse en clave partidaria. El transfuguismo conllevaría el efecto de falsear la representación política”.