Juan de Dios Ramírez-Heredia
Abogado y periodista
Presidente de Unión Romaní
Presidente de Unión Romaní
Esta mañana (hoy es sábado y en este día de la semana suelo remolonear un poco levantándome más tarde que de costumbre) he leído en la cama la noticia de que el Tribunal Supremo de España ha vuelto a las andadas al revocar la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que reconoció el derecho a la pensión de viudedad a una mujer gitana casada por el milenario rito matrimonial de nuestro pueblo. Y para ello reunió al Pleno de la Sala IV de lo social del Tribunal Supremo. Por lo visto los señores magistrados han querido darle una especial trascendencia a una sentencia de la que no podían dudar que iba a encontrar una contundente respuesta por nuestra parte.
Escribo estas líneas con carácter de urgencia porque, una vez hecha pública la sentencia, los gitanos españoles, y por añadidura todos los gitanos y gitanas europeos, hemos de reaccionar con decisión no solo manifestando nuestra disconformidad con la sentencia sino anunciando que vamos a poner en marcha todos los recursos que en democracia el Estado de Derecho permite ejercitar a sus ciudadanos. No tengo más conocimiento del fallo del Alto Tribunal del que han transcrito las agencias informativas. Espero tener acceso a todo el expediente para fundamentar con mejor conocimiento nuestras razones en favor de Joaquina Cortés, una gitana de 58 años que estuvo 40 casada con José Fernández y que falleció en el año 2014 tras haber dado la vida a cinco hijos que, posiblemente, habrán quedado ahora en el mayor desamparo.
Una vez más el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), cancerbero recalcitrante cuando se trata de conceder derechos económicos a los ciudadanos gitanos, ha desestimado la sentencia favorable a Joaquina Cortés emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Pero parece que todavía hay en el ámbito del mundo del derecho en España algunas tendencias que se resisten a ver con mirada diferente los cambios que, gracias a Dios, se están produciendo en esta parte del mundo civilizado. Fue en 1948, el 10 de diciembre, cuando las Naciones Unidas, reunidas en París proclamaron la Declaración Universal de los Derechos Humanos. A partir de entonces lo que fue un documento declarativo se transformó en un texto incorporado al Derecho Internacional de obligado cumplimiento para todos los Estados firmantes de la Carta Magna Universal.
Sin embargo, no ha pasado todavía el tiempo necesario para que la sociedad tenga claro que esos derechos, consagrados en los 30 artículos de la Declaración, deben ser interpretados con la finura y el compromiso militante de la sociedad del siglo XXI en la defensa de la dignidad de las personas y la de los grupos, especialmente las minorías, que la integran.
Joaquina Cortes es una ciudadana gitana de Jaén. Se murió José, su marido, y solicitó su pensión de viudedad que le fue denegada por una sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Jaén. Sentencia especialmente significativa para nosotros que siempre esperamos que los tribunales más cercanos, ―que son aquellos que conocen mejor las especiales condiciones de vida de nuestra gente― nos den la razón. Pero este no ha sido el caso. El Juzgado jienense dijo que a la pobre viuda no le correspondía ninguna pensión porque su pretendido matrimonio había sido efectuado por el rito gitano sin ninguna otra consideración.
Pero recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anuló la sentencia del Juzgado de Jaén y le reconoció a Joaquina la pensión que reclamaba. ¡Pero con buena muralla habíamos ido a chocar!. El INSS, insaciable, que cobra impuestos sin poner el más mínimo reparo, aprovecha cualquier resquicio para interpretar de forma restrictiva las peticiones que se le presentan. Y sucedió lo que más nos podía perjudicar. El Tribunal Supremo desautorizó al Alto Tribunal andaluz y le negó definitivamente el derecho a la pobre Joaquina Cortés.
Por lo que he leído a bote pronto en las referencias de prensa, el Tribunal Supremo ha hecho mención a la sentencia que dictó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos cuando nos tocó defender, hace unos años, a María Luisa Muñoz Díaz, “La Nena”. Fue el 26 de mayo de 2009 cuando junto a los abogados que acudían en representación del Secretariado Gitano tomé la palabra para defender la validez del matrimonio celebrado bajo el “rito gitano”. El 8 de diciembre de aquel mismo año el Tribunal europeo nos dio la razón y en una sentencia histórica declaró que el Gobierno español había violado el artículo 14 del Convenio combinado con el artículo 1 del Protocolo nº 1. Y la buena de María Luisa vio compensado sus esfuerzos porque la Sentencia europea condenó al INSS a pagarle su pensión con atrasos desde el día siguiente en que murió su marido.
En aquella ocasión acudimos a Estrasburgo magníficamente arropados por el voto particular que emitió el entonces magistrado del Tribunal Constitucional Don Jorge Rodriguez Zapata. En la propia sentencia europea se recoge textualmente las siguientes palabras del magistrado español discrepante: “Es desproporcionado que el Estado español, que ha tomado en consideración a la demandante y a su familia gitana al otorgarles un libro de familia, reconocimiento de familia numerosa, asistencia sanitaria con familiares a su cargo para ella y para sus seis hijos y ha percibido las cotizaciones correspondientes a su marido gitano durante diecinueve años, tres meses y ocho días, quiera desconocer hoy que el matrimonio gitano resulta válido en materia de pensión de viudedad.”.
La lucha por el pleno reconocimiento de los derechos de las minorías no está acabada. Las mujeres, las minorías étnicas y culturales, las lingüísticas y religiosas, así como algunos grupos de inmigrantes, de refugiados y de pueblos indígenas confían en que los pueblos en los que están integrados reconozcan su personalidad individual y colectiva. Todo ello en el respeto al ordenamiento jurídico de los países en que viven cuya Ley Superior debe inspirar las normas que hagan posible la convivencia en el mutuo respeto.
Los gitanos y las gitanas de España constituimos la minoría más numerosa del país. Somos 750.000 personas descendientes de los primeros gitanos que llegaron a la península en la primera mitad del siglo XV. Y hemos aportado a este país, que es el nuestro, una pincelada de exquisita variedad en forma de belleza artística y musical como no tiene ningún otro país del mundo. Justo es, pues, que se nos reconozcan derechos personales y colectivos que no transgreden el ordenamiento establecido para todos los españoles que siempre respetaremos, porque de ese respeto emana sabernos protegidos por nuestra común condición de españoles y europeos.
Hoy tenemos un motivo doble para sentirnos animados. En el año 2009 tuvimos a nuestro lado al magistrado Rodriguez Zapata. Hoy tenemos dos: la magistrada Lourdes Arastey Sahún, a la que correspondió la ponencia del recurso. Lamentablemente se quedó en minoría por lo que ha formulado un voto discrepante. Y junto a ella otra magistrada, María Luisa Segoviano Astaburoaga, ha dado la cara en defensa de Joaquina Cortés.
Pero lo más hermoso, lo que más nos estimula es manifestar que Rodriguez Zapata, Arastey Sahún y Segoviano Astaburoaga no han dudado en interpretar el derecho del lado de quienes somos todavía hoy lo más débil y vulnerable de la sociedad
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