Antonio Jesús
Sánchez Zapata
➤➤➤ Se ven a diario por nuestras calles. Mucha
gente los mira con curiosidad, otros con preocupación, y los hay también que
los mira con rabia. Los patinetes eléctricos son una realidad con la que
conviven los almerienses, y su proliferación ha encendido algunas alarmas. ¿Son
legales? ¿Pueden ir por las aceras? ¿Y por la calzada? ¿A qué velocidad puede
circular?
Está considerado un VMP (Vehículo de Movilidad Personal) |
Trataremos de resolver estas dudas. Un patinete eléctrico está
considerado un VMP (Vehículo de Movilidad Personal) y según la Instrucción
16/V-124 de la DGT, se definen como “vehículos capaces de asistir al ser humano
en su desplazamiento personal y que, por su construcción, pueden exceder las
características de los ciclos y estar dotados de motor eléctrico”. En Almería
están regulados por la Ordenanza Municipal de peatones y bicicletas en su
artículo 22, y por el Reglamento General de Circulación en su artículo 121.4,
que para este tipo de vehículos indican que pueden circular por la calzada,
siempre que sean vías expresamente autorizadas por la autoridad local -como son
las ciclocalles o calles de prioridad peatonal-, como también por las aceras.
Una persona que circula en un patinete eléctrico no es un peatón. Por lo tanto, si va por la acera debe tener la precaución de no molestar o poner en peligro a aquellos para los que están destinadas las aceras: los peatones
Una persona que circula en un patinete eléctrico no es un peatón. Por lo tanto, si va por la acera debe tener la precaución de no molestar o poner en peligro
a aquellos para los que están destinadas las aceras: los peatones. En cuanto a
la velocidad máxima que pueden alcanzar legalmente, se limita a 25 Km/h., aunque
en los carriles bici compartidos con los peatones baja hasta los 10 Km/h, si
bien deben adecuarse a la velocidad del peatón, que es de 6 Km/h cuando
circulan por aceras. Al igual que sucede con los demás vehículos, no pueden
circular usando el móvil, con auriculares o bajo los efectos del alcohol o
drogas.
Las ventajas de este medio de transporte son claras: No contamina ni
produce ruido, no provoca atascos, tiene un consumo energético muy bajo
(realizar 100 km cuesta unos 0,20 €), no necesitan aparcamiento puesto que son
portables y, por tanto, sus usuarios no los dejan en la vía pública. Son
ideales para trayectos de unos 10 km, suficiente como para cruzar toda Almería
o ir hasta la Universidad.
Es un vehículo que, gracias a su portabilidad, va a revolucionar la movilidad de las ciudades
Además, hay que destacar las opciones de
intermodalidad para aquellos que llegan a la capital en cualquier transporte
público, pues les permite evitar el uso del coche y moverse por la ciudad con
gran agilidad, evitando los atascos en las horas de más tráfico. La otra cara
de la moneda la tenemos en aquellos que no respetan, ya no el código de
circulación, sino las normas más básicas de civismo -como pasa con los
conductores de cualquier otro vehículo-. Gente que circula a demasiada
velocidad por las aceras, cerca de las fachadas o esquinas de los edificios por
donde puede salir en cualquier momento una persona, conductas prohibidas y
además sancionables, son las que crean alarma social y transforma la percepción
de un vehículo con numerosas ventajas en uno peligroso para el peatón.
En
resumen, es un vehículo que, gracias a su portabilidad, va a revolucionar la
movilidad de las ciudades y que, con una regulación adecuada, cuenta con un
enorme potencial para reducir el tráfico y la contaminación de las ciudades,
así como un ahorro sustancial para la ciudadanía.
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