Joaquín Navarro Imberlón
Exalcalde de Adra por el PSOE
⏩⏩⏩ En primer lugar me gustaría dejar claro que para nada aquí pretendo hacer el y tú más. No suele ir conmigo ese proceder y prueba de que eso es así es que el PP de Adra nunca replica mis publicaciones que casi siempre son críticas a su gestión municipal, como ocurre con esta. Tampoco pretendo enmendar ni exculpar lo que la Justicia ha dicho en la sentencia de los ERE.
La pregunta que hago sobre la similitud de lo que el PP de Adra hizo vendiendo irregularmente solares del Pago del Lugar con el caso de los ERE me ha surgido una vez que he oído al jurista y catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla Javier Pérez Royo, el cual muestra su disconformidad con la condena a Manuel Chaves, y lo argumenta así: …sí los procedimientos por los que se concedían esos ERE eran irregulares, esos expedientes tendrían que haberse impugnado ante los tribunales de lo Contencioso Administrativa y no se hizo, por tanto aún están pendientes de la presunción de legitimidad del acto administrativo, que era lo primero que habría que haber hecho si el procedimiento no era legitimo….
Similitud con lo que el PP de Adra hizo durante la alcaldía de Mª Carmen Crespo cuando vendió unos solares del Pago del Pago, venta que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía declaró irregular.
Según Pérez Royo, y hoy he oído algo similar del magistrado emérito Martin Pallin, lo correcto de esa actuación judicial hubiera sido que, cuando se detectó que el procedimiento de los ERE era una irregularidad, la Fiscalía hubiera actuado o que se hubiera presentado denuncia ante los tribunales de lo Contencioso-Administrativo, por ejemplo, por el Grupo Parlamentario Popular en el Parlamento Andaluz o cualquiera que tuviera capacidad jurídica para hacerlo, que fue lo que yo hice cuando detecté que la Sra. Crespo, como alcaldesa, iba a vender de un modo irregular, por unos seis millones de euros, unos solares de la Urbanización del Pago del Lugar de Adra. Como el grupo municipal de PSOE, del que yo era portavoz, no tenía personalidad jurídica para hacerlo, denunciamos esa irregularidad a la Junta de Andalucía que si la tenía y fueron los servicios jurídicos de la Junta los que denunciaron esa venta en los tribunales de lo Contencioso-Administrativo, que son los competentes para dirimir si son o no correctos los procedimientos que aplican las distintas administraciones.
Si esa denuncia que hizo la Junta de esa irregularidad que cometió la exalcaldesa (quiero destacar que el actual alcalde, Manuel Cortes, era el concejal de Urbanismo) se hubiera hecho con los ERE, ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo, seguramente hoy no estaríamos hablando de esta sentencia y, por tanto, se habrían evitado la mayoría de esas irregularidades por las que han sido condenados, entre otros, dos expresidentes de la Junta.
Miren ustedes por donde, a raíz de esto que les estoy contando, he descubierto que, según el derecho comparado, le hice un favor a la señora Crespo, al señor Cortés y a aquellos concejales del PP de Adra que votaron a favor de esa venta irregular, puesto que al recurrir a los tribunales de lo Contencioso-Administrativo ese sistema de venta de solares no volvió a producirse. Si eso se hubiera hecho con los ERE, no se habría producido lo que dice la sentencia: ..adoptar resoluciones ilegales a sabiendas...
Según Pérez Royo, y hoy he oído algo similar del magistrado emérito Martin Pallin, lo correcto de esa actuación judicial hubiera sido que, cuando se detectó que el procedimiento de los ERE era una irregularidad, la Fiscalía hubiera actuado o que se hubiera presentado denuncia ante los tribunales de lo Contencioso-Administrativo, por ejemplo, por el Grupo Parlamentario Popular en el Parlamento Andaluz o cualquiera que tuviera capacidad jurídica para hacerlo, que fue lo que yo hice cuando detecté que la Sra. Crespo, como alcaldesa, iba a vender de un modo irregular, por unos seis millones de euros, unos solares de la Urbanización del Pago del Lugar de Adra. Como el grupo municipal de PSOE, del que yo era portavoz, no tenía personalidad jurídica para hacerlo, denunciamos esa irregularidad a la Junta de Andalucía que si la tenía y fueron los servicios jurídicos de la Junta los que denunciaron esa venta en los tribunales de lo Contencioso-Administrativo, que son los competentes para dirimir si son o no correctos los procedimientos que aplican las distintas administraciones.
Si esa denuncia que hizo la Junta de esa irregularidad que cometió la exalcaldesa (quiero destacar que el actual alcalde, Manuel Cortes, era el concejal de Urbanismo) se hubiera hecho con los ERE, ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo, seguramente hoy no estaríamos hablando de esta sentencia y, por tanto, se habrían evitado la mayoría de esas irregularidades por las que han sido condenados, entre otros, dos expresidentes de la Junta.
Miren ustedes por donde, a raíz de esto que les estoy contando, he descubierto que, según el derecho comparado, le hice un favor a la señora Crespo, al señor Cortés y a aquellos concejales del PP de Adra que votaron a favor de esa venta irregular, puesto que al recurrir a los tribunales de lo Contencioso-Administrativo ese sistema de venta de solares no volvió a producirse. Si eso se hubiera hecho con los ERE, no se habría producido lo que dice la sentencia: ..adoptar resoluciones ilegales a sabiendas...
En la sentencia de los ERE también hay culpa por in vigilando. En el caso de la venta irregular de los solares del Pago del Lugar de Adra, ese in vigilando era aún peor, porque sabían que estaban cometiendo una irregularidad, porque yo había advertido de ello en el Pleno.
Por último, los ERE se hicieron, según se argumenta, para conseguir la paz social en un contexto de crisis de algunas empresas. Aquí, en Adra, no era ese el fin. ¿Qué fin era? Que cada una haga sus cavilaciones. Lo que queda claro es que nunca hemos conseguido que el PP justifique cual fue el destino concreto del dinero que se obtuvo de esa venta irregular antes de que fuera interrumpida por la sentencia del tribunal.
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