Jaime Rodríguez
Catedrático de Ecología de la Universidad de Málaga
⏩ Hace más de 30 años que, invitado por mis
colegas Hermelindo Castro y Fernando Molina, vinculados entonces a la antigua
Agencia de Medio Ambiente de Andalucía, participé en un ilusionante proyecto
dirigido a conseguir la declaración de espacio protegido para el ámbito
terrestre y marino del Cabo de Gata, amenazado por iniciativas urbanísticas que
transformarían irreversiblemente este entorno inigualable. Hoy todos podemos disfrutar del “Parque
Natural marítimo–terrestre del Cabo de Gata-Níjar”, calificado como “Reserva de
la Biosfera” por la UNESCO.
Nuestra contribución se plasmó en la
propuesta de una franja marina de protección en la que destacaban varias zonas
de “Reserva”, una de las cuales se ubica en el Morrón de Los Genoveses, formando con el resto de la
bahía del mismo nombre un conjunto marítimo–terrestre único. Si, como
creo, el Parque Natural del Cabo
de Gata es un emblema para nosotros los almerienses, la Bahía de Los Genoveses es un
espacio emblemático dentro del Parque, y lo demuestra la respuesta popular
frente a la aprobación, por parte de la Junta de Andalucía, del proyecto de
restauración de un antiguo cortijo ubicado a menos de 1 kilómetro de la línea
de costa de esta bahía, para su conversión en un hotel de vocación
“ecoturística”.
Fuentes bien
informadas me indican que, de acuerdo con la calificación que el Plan de
Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del Parque asigna a la zona donde se
ubica el cortijo, la decisión es legal una vez que la autoridad municipal
competente declara que el proyecto es de “utilidad pública”, concepto tan
ambiguo y difícil de cuantificar como el de “bienestar humano”, hacia cuya
mejora se supone que va dirigida la citada declaración. En este
contexto, me gustaría destacar tres cosas:
(1ª) Actualmente, la mayoría de los
ecólogos hemos asimilado la necesidad de hacer compatible la conservación de la
naturaleza con la explotación sostenible de los recursos que ofrece y, no menos
importante, con el reparto equitativo de los beneficios derivados de su
explotación.
(2ª) El
bienestar humano, entendido como calidad de vida, va más allá de lo que nos
dicen indicadores como el PIB o los niveles de renta per cápita, y su medida
requiere la consideración de variables relacionadas con la salud, la educación
y, cada vez más, con las buenas relaciones sociales o la libertad de
decisión.
(3ª) La
contribución de los ecosistemas al bienestar humano (los llamados “servicios”
de los ecosistemas) no consiste exclusivamente en la producción de materiales
directamente convertibles en dinero (alimento, genes, madera, etc.). Algunas
contribuciones, como la regulación del clima, la protección de la morfología
litoral, la regulación de la fertilidad del suelo o la polinización, son
procesos fundamentales para el bienestar humano cuyo valor monetario es muy
difícil de calcular. Y no acaba
aquí la cosa, ya que los ecosistemas brindan al ser humano toda una batería de
servicios “culturales” en forma de valores estéticos,
paisajísticos, emocionales o relacionados con el sentido de pertenencia a un
determinado territorio o paisaje, a los cuales es imposible asignar un valor
monetario. Ni se compran, ni se venden.
Es en este marco de los valores culturales
en el que hay que entender el rechazo a una decisión tan relevante cualitativa
y simbólicamente para este espacio único que es la Bahía de los Genoveses,
decisión que ampara su legalidad en una declaración de “utilidad pública”…
¿Para quién y para cuántas personas? ¿Hasta cuántos cortijos? Quizás habría que
plantearse la modificación de esa herramienta de gestión del Parque para que
sea posible reconocer el valor cultural, cualitativo, no monetario, de la
contribución que un paisaje emblemático como el de Genoveses aporta al
bienestar humano en general. Esta
es y debe seguir siendo su verdadera “utilidad pública”, y ninguna autoridad
competente tiene que declararla porque sus beneficios ya están siendo
repartidos equitativamente entre todos.
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