El expediente de Rocío Carrasco

Juan Folío
@opinionalmeria 

Ya se ha celebrado el juicio en el que se acusa a dos funcionarios de la Comunidad Valenciana de fisgonear en el expediente administrativo de Rocío Carrasco durante los días que se estaba emitiendo en Telecinco la docuserie “Rocío, contar la verdad para seguir viva”. Los acusados son un psicólogo de la Oficina de Atención a las Víctimas del Delito de Alzira y una trabajadora social de esta misma oficina. La Fiscalía solicita para cada uno de ellos una pena de tres años y medio de prisión y el pago de 4.500 euros, así como seis años de inhabilitación, por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, al mantener que consultaron estos datos de dos personas de notoriedad pública “de forma totalmente ajena a sus funciones”.

La docuserie / Telecinco

Los dos empleados públicos han venido a decir en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia que no entraron en el expediente de Rocío para fisgonear, sino por motivos estrictamente profesionales. Uno de los denunciados, psicólogo, de 55 años, ha explicado que en la mañana del 22 de marzo de 2021 –justamente al día siguiente de la emisión del primer capítulo-  recibieron una avalancha de llamadas en la Oficina de Atención a las Víctimas del Delito de Alzira de mujeres que decían sentirse identificadas con lo que le ocurría a Rocío Carrasco. Ante este considerable número de llamadas, y a pesar de haber visto la emisión de Telecinco, decidió entrar en el expediente de Rocío para conocer exactamente cuál era el objeto de las llamadas que se recibían. “En particular me interesaba consultar si existía alguna orden de protección en el expediente de Rocío y si se había asignado algún tipo de unidad de vigilancia”. El acceso lo hizo mediante la utilización de las claves profesionales del sistema Viogén. 

A preguntas del presidente del tribunal, que no entendía por qué necesitaba consultar como psicólogo el expediente de Rocío Carrasco para asesorar a otras posibles víctimas, ni en qué le podría ayudar en su tratamiento, el psicólogo respondió: “Saber si en ese caso había algún nivel de riesgo podía ser útil para entender si las posibles víctimas que nos llamaban también podían tener atribuido el mismo nivel de riesgo. Podía recomendarles que hicieran la denuncia pertinente para obtenerlo”. 

La trabajadora social, por su parte, ha manifestado ante el tribunal que “no se hizo con ninguna intencionalidad que no fuera profesional”. Dice que no vio el programa, pero que esa mañana recibió la llamada de una víctima, a la que le hacía seguimiento, y que también se había sentido identificada al escuchar la entrevista de Rocío Carrasco y creía que lo que le ocurría a ella también era violencia vicaria. “Consulté el expediente para contextualizar la situación, para ver lo que estaba pasando”. 

La trabajadora social explicó que la mujer que le llamó “me dijo que sus hijos la rechazaban por la presión del progenitor, pero como no había visto el programa no sabía el contexto del otro caso y si eran similares… Nunca hubiera podido predecir que el hecho de que yo realizara esa consulta desencadenara en estas consecuencias”. Tanto el psicólogo como la trabajadora social explicaron que nunca cantes habían accedido al expediente de una persona de la que no hacían seguimiento. 

El instructor de los ocho expedientes abiertos contra funcionarios de la Comunitat Valenciana que accedieron de forma no justificada al expediente de Rocío Carrasco ha aclarado ante el tribunal que en los manuales de violencia de género no encontró ninguna prohibición expresa de acceder al expediente de una persona aunque no sea uno de los casos asignados, siempre y cuando no se haga un uso indebido de esa información o se difunda a terceros. Considera que,  si no se actuó de mala fe, los funcionarios pudieron acceder dentro de sus funciones laborales. 

Una de los testigos, compañera de los acusados y letrada en la oficina de víctimas, ha corroborado las numerosas llamadas que recibieron tras la docuserie por parte de víctimas que se sentían identificadas. “Llamaba la atención –ha explicado- que todas las víctimas, que presentaban una problemática diferente, se sintieran identificadas con Rocío. Entones, era entender qué estaban necesitando. Algo había ocurrido con esa persona que había hecho que todas abrieran los ojos. Queríamos entender por qué las víctimas se veían identificadas con ella”. 

El jefe de servicio de ordenación de puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat ha declarado que no encontró limitación expresa de que no se pudiera consultar este tipo de casos. “No encontré en los manuales nada que pusiera que no se podía acceder a un expediente si no se tenía relación con el procedimiento. No la encontré, aunque no digo que no exista”. 

La Fiscalía ha considerado “poco reales e inverosímiles” las versiones de los acusados y ha elevado a definitivas sus conclusiones y pide para ellos sendas penas de tres años y medio de prisión, así como una multa de 18 meses a razón de 10 euros diarios y seis años de inhabilitación absoluta por un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

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