El Caso Poniente tiene
sentencia 5.276 días después de la irrupción de los agentes de la Unidad de
Delitos Econónicos y Financieros (UDEF) de la Policía Nacional en el
Ayuntamiento de El Ejido. El fallo condena a los principales acusados de la
trama por el desfalco de 54 millones de euros de las
arcas públicas del municipio.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería condena a Juan Enciso a 5 años y 3 meses de prisión y 13 años de
inhabilitación por malversación de caudales públicos en el
municipio donde gobernó durante dos décadas. Enciso metió la mano en los
bolsillos de sus vecinos.
El tribunal impone también penas de prisión a los principales empresarios
relacionados con la trama de la sociedad mixta de servicios Elsur. El primero
es José Alemán (7 años y medio de prisión), ex
interventor municipal de El Ejido y considerado por la investigación como
enlace entre el Ayuntamiento de El Ejido y las subcontratas.
Junto a Alemán, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería
condena a los empresarios José Amate (5 años de
prisión), Jesús Aragón (3 años y 2 meses de prisión), Ambrosio Cuevas (3 años y 2 meses de
prisión), Juan Antonio Galán (4 años y 9 meses de prisión)
e Isabel Carrasco (3 años y 8 meses de prisión),
esposa del interventor municipal.
Desde la constitución de la empresa público-privada se fueron sucediendo
“hechos favorables a los intereses privados de varios grupos empresariales
ajenos al interés público exigido legalmente y que a través de los mismos han
contribuido a esquilmar las arcas municipales usando como parapeto la empresa
mixta”. El tribunal valora el desfalco en 54 millones de euros, algo
por debajo de los 71 millones inicialmente calculados.
El tribunal cree que los condenados engordaron el canon que el Ayuntamiento de
El Ejido pagaba a Elsur para prestar servicios municipales (parques, jardines,
alumbrado, basuras, etc.) y una red de subcontratas alimentó mordidas a decenas
de empresarios y testaferros gracias a una facturación falseada. “Mediante
subcontrataciones a precios desorbitados, el canon cobrado por Elsur al
Ayuntamiento de El Ejido ha resultado ser abusivo en relación con los servicios
prestados”.
Juan Enciso aseguró durante su comparecencia en la sala del Palacio de
Exposiciones y Congresos de Aguadulce que su papel dentro de Elsur era meramente “decorativa”. Sin
embargo, el tribunal considera que la actuación del alcalde y del interventor
municipal estaba lejos de ser inocente. Los magistrados consideran probado
que “todas estas actividades ilícitas fueron consentidas” por el Juan
Enciso y José Alemán, siendo ambos presidente y vocal del Consejo de
Administración de Elsur, respectivamente, “haciendo caso omiso de sus
obligaciones de fiscalización y control” de los fondos públicos. “El
interventor autorizaba el gasto, una vez contabilizado” y el alcalde
“autorizaba con su firma las resoluciones donde se ordenaban los pagos del
canon anual incrementado ficticiamente”.
De este sistema se beneficiaron las sociedades vinculadas a Abengoa. “La principal fuente de ingresos de la empresa mixta procede del dinero público que en concepto de canon le facturaba anualmente al Ayuntamiento de El Ejido. El socio privado mayoritario de ELSUR procedió, a través de sus directivos acusados en esta causa a beneficiarse ilícitamente de esos ingresos a sabiendas de la naturaleza pública del dinero que en ese concepto percibía”.
Delitos fiscales y societarios
La sentencia, con 392 folios, cumple las previsiones generales, a saber,
condena a los principales señalados en la trama de Elsur, aunque rebaja
notablemente las penas de prisión respecto a las peticiones de la Fiscalía
Anticorrupción, la Abogacía del Estado, el Ayuntamiento de El Ejido, el Partido
Popular e Izquierda Unidad. La Fiscalía pedía 40 años de cárcel para Juan
Enciso. Entonces, ¿por qué estas diferencias en la condena?
Hay varias razones. La primera es la aplicación de una atenuante
muy cualificada de dilaciones indebidas. El tribunal considera que
se produjeron parones injustificados durante el proceso ajenos a los propios
acusados. El caso se ha prolongado durante 13 años y medio y la Sección Tercera
de la Audiencia Provincial de Almería sabía desde el comienzo que debería
aplicar esta rebaja en las condenas.
La segunda razón y más importante para el destino de la causa es
la eliminación de los delitos contra la Hacienda Pública. Este
apartado nutría el grueso de las acusaciones y disparaba las peticiones de
cárcel (a Enciso 40 años de prisión, por ejemplo). Sin embargo, el tribunal
atiende la versión ofrecida por las defensas y considera “que ninguno de los
encausados fueron interrogados en las declaraciones que prestaron en el Juzgado
de Instrucción, en aquel tiempo en calidad de imputados, en los años 2009 y
2010 acerca de presuntas irregularidades en materia tributaria cometidas tanto
por parte de Elsur como por las distintas sociedades que mantuvieron relaciones
contractuales”. Esto supone un error capital durante la instrucción, incluso
sin entrar en la prescripción de parte de los
delitos fiscales (el fiscal consideró prescritos
aproximadamente la mitad de los delitos contra la Hacienda Pública, por eso
bajó las peticiones en sus conclusiones definitivas).
De hecho, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería absuelve al ex alcalde Juan Enciso y al ex interventor municipal José Alemán de los delitos contra la Hacienda Pública, cohecho activo y pasivo, prevaricación y delito societario.
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