La sentencia del Caso Poniente

Javier Pajarón
Periodista

El Caso Poniente tiene sentencia 5.276 días después de la irrupción de los agentes de la Unidad de Delitos Econónicos y Financieros (UDEF) de la Policía Nacional en el Ayuntamiento de El Ejido. El fallo condena a los principales acusados de la trama por el desfalco de 54 millones de euros de las arcas públicas del municipio.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería condena a Juan Enciso a 5 años y 3 meses de prisión y 13 años de inhabilitación por malversación de caudales públicos en el municipio donde gobernó durante dos décadas. Enciso metió la mano en los bolsillos de sus vecinos.

El tribunal impone también penas de prisión a los principales empresarios relacionados con la trama de la sociedad mixta de servicios Elsur. El primero es José Alemán (7 años y medio de prisión), ex interventor municipal de El Ejido y considerado por la investigación como enlace entre el Ayuntamiento de El Ejido y las subcontratas.

Junto a Alemán, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería condena a los empresarios José Amate (5 años de prisión), Jesús Aragón (3 años y 2 meses de prisión), Ambrosio Cuevas (3 años y 2 meses de prisión), Juan Antonio Galán (4 años y 9 meses de prisión) e Isabel Carrasco (3 años y 8 meses de prisión), esposa del interventor municipal.

Desde la constitución de la empresa público-privada se fueron sucediendo “hechos favorables a los intereses privados de varios grupos empresariales ajenos al interés público exigido legalmente y que a través de los mismos han contribuido a esquilmar las arcas municipales usando como parapeto la empresa mixta”. El tribunal valora el desfalco en 54 millones de euros, algo por debajo de los 71 millones inicialmente calculados.

El tribunal cree que los condenados engordaron el canon que el Ayuntamiento de El Ejido pagaba a Elsur para prestar servicios municipales (parques, jardines, alumbrado, basuras, etc.) y una red de subcontratas alimentó mordidas a decenas de empresarios y testaferros gracias a una facturación falseada. “Mediante subcontrataciones a precios desorbitados, el canon cobrado por Elsur al Ayuntamiento de El Ejido ha resultado ser abusivo en relación con los servicios prestados”.

Juan Enciso aseguró durante su comparecencia en la sala del Palacio de Exposiciones y Congresos de Aguadulce que su papel dentro de Elsur era meramente “decorativa”. Sin embargo, el tribunal considera que la actuación del alcalde y del interventor municipal estaba lejos de ser inocente. Los magistrados consideran probado que “todas estas actividades ilícitas fueron consentidas” por el Juan Enciso y José Alemán, siendo ambos presidente y vocal del Consejo de Administración de Elsur, respectivamente, “haciendo caso omiso de sus obligaciones de fiscalización y control” de los fondos públicos. “El interventor autorizaba el gasto, una vez contabilizado” y el alcalde “autorizaba con su firma las resoluciones donde se ordenaban los pagos del canon anual incrementado ficticiamente”.
 

De este sistema se beneficiaron las sociedades vinculadas a Abengoa. “La principal fuente de ingresos de la empresa mixta procede del dinero público que en concepto de canon le facturaba anualmente al Ayuntamiento de El Ejido. El socio privado mayoritario de ELSUR procedió, a través de sus directivos acusados en esta causa a beneficiarse ilícitamente de esos ingresos a sabiendas de la naturaleza pública del dinero que en ese concepto percibía”. 

Delitos fiscales y societarios
La sentencia, con 392 folios, cumple las previsiones generales, a saber, condena a los principales señalados en la trama de Elsur, aunque rebaja notablemente las penas de prisión respecto a las peticiones de la Fiscalía Anticorrupción, la Abogacía del Estado, el Ayuntamiento de El Ejido, el Partido Popular e Izquierda Unidad. La Fiscalía pedía 40 años de cárcel para Juan Enciso. Entonces, ¿por qué estas diferencias en la condena?

Hay varias razones. La primera es la aplicación de una atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. El tribunal considera que se produjeron parones injustificados durante el proceso ajenos a los propios acusados. El caso se ha prolongado durante 13 años y medio y la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería sabía desde el comienzo que debería aplicar esta rebaja en las condenas.

La segunda razón y más importante para el destino de la causa es la eliminación de los delitos contra la Hacienda Pública. Este apartado nutría el grueso de las acusaciones y disparaba las peticiones de cárcel (a Enciso 40 años de prisión, por ejemplo). Sin embargo, el tribunal atiende la versión ofrecida por las defensas y considera “que ninguno de los encausados fueron interrogados en las declaraciones que prestaron en el Juzgado de Instrucción, en aquel tiempo en calidad de imputados, en los años 2009 y 2010 acerca de presuntas irregularidades en materia tributaria cometidas tanto por parte de Elsur como por las distintas sociedades que mantuvieron relaciones contractuales”. Esto supone un error capital durante la instrucción, incluso sin entrar en la prescripción de parte de los delitos fiscales (el fiscal consideró prescritos aproximadamente la mitad de los delitos contra la Hacienda Pública, por eso bajó las peticiones en sus conclusiones definitivas).
 

De hecho, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería absuelve al ex alcalde Juan Enciso y al ex interventor municipal José Alemán de los delitos contra la Hacienda Pública, cohecho activo y pasivo, prevaricación y delito societario.

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